La Honorable Asamblea Departamental de Santander, después de analizar y debatir, hoy 9 de julio de 2002, con la presencia de productores de panela de la región, el impacto socio-económico que la puesta en funcionamiento del ingenio industrial panelero de Padilla (Cauca), promovido por la firma Desarrollos Empresariales Caucanos, SA, una vez quede en firme la Resolución 399 de la Corporación Autónoma Regional del Cauca (C.R.C) concediéndole la licencia ambiental a este proyecto, tendría para la producción de panela artesanal en el país y en nuestro Departamento.
Es evidente, que el ingenio mencionado, por la naturaleza de sus accionistas; varios de los más connotados ingenios azucareros del Valle y Cauca asociados con el gran capital financiero, con una voluminosa inversión de 30.000 millones de pesos aumentada, además, por las ventajas tributarias de la Ley Páez y con un respaldo financiero de sus socios que les garantiza intervenir el mercado panelero nacional en una cifra cercana al 10 por ciento y, en consecuencia, monopolizar esta actividad económica fundamental para la economía de 236 municipios del país y para los pequeños y medianos productores artesanales que en cantidad de 70.000 se dedican a cultivarla y a los 27.000 trapiches artesanales que procesan panela en Colombia, arruinando a 350.000 familias que derivan sustento de esta actividad.
Santander, segundo productor de panela del país, con 43 municipios productores, con un área sembrada de 30.000 hectáreas y una producción anual estimada de 200.000 toneladas, vería seriamente afectada lo que queda de su economía campesina tradicional, sin que haya alternativas de reemplazo a corto y mediano plazo, originado un grave conflicto social por el desempleo ocasionado en el cierre de los trapiches artesanales altamente intensivos en ocupación de mano de obra rural y generando, por tanto, mas violencia y descomposición social por la desaparición de una fuente de trabajo insustituible en el momento actual.
Que la puesta en marcha del proyecto de Desarrollo Empresarial Caucanos S.A., es violatoria del artículo primero, parágrafo 20 de la Ley 40 de 1990 que prohíbe hacer panela industrial en Colombia y del principio Constitucional que establece que la libertad económica no puede estar por encima del bien común.
En consecuencia, la Asamblea Departamental aprueba el envió de sendas comunicaciones al Señor Gobernador para que encabece el reclamo de los productores de Panela del Departamento; y al Señor Presidente de la República; al Ministro del Medio Ambiente para que no reafirmen la Resolución 399 en la instancia de apelación y en el mismo sentido a la Corporación Autónoma Regional del Cauca (C.R.C).
A su vez expresa su respaldo a la justa expresión del derecho constitucional a la protesta acompañando la Marcha Nacional Panelera, que organiza Unión Panelera, para el próximo 30 de julio de 2002 en la ciudad de Bogotá, con el fin de solicitar una pronta solución a su sentido reclamo. Envíese copia de la presente a las autoridades mencionadas y al Defensor del Pueblo.
Presentada por:
Diputado: ANGEL ALIRIO MORENO MATEUS
Aprobada por unanimidad.
Bucaramanga; julio 9 de 2002