{"id":9122,"date":"2015-02-23T15:03:11","date_gmt":"2015-02-23T15:03:11","guid":{"rendered":"https:\/\/moir.org.co\/web\/tarifas-del-gas-ganancias-sin-riesgos-para-gran-capital\/"},"modified":"2015-02-23T15:03:11","modified_gmt":"2015-02-23T15:03:11","slug":"tarifas-del-gas-ganancias-sin-riesgos-para-gran-capital","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/moir.com.co\/web\/tarifas-del-gas-ganancias-sin-riesgos-para-gran-capital\/","title":{"rendered":"Tarifas del gas: ganancias sin riesgos para gran capital"},"content":{"rendered":"<p>En el a\u00f1o 2013 el gobierno nacional, a trav\u00e9s de la Comisi\u00f3n de Regulaci\u00f3n de Energ\u00eda y Gas (CREG), realiz\u00f3 una serie de cambios relacionados con el r\u00e9gimen tarifario para el gas domiciliario. La resoluci\u00f3n 088 de 2013 liber\u00f3 los precios del gas natural puesto en punto de entrada al sistema nacional de transporte, cuando antes estaban en r\u00e9gimen regulado y depend\u00edan de un componente del petr\u00f3leo a nivel internacional. La resoluci\u00f3n 089 de 2013 regul\u00f3 el mercado mayorista del gas para contratos a 1, 5 o m\u00e1s a\u00f1os por negociaci\u00f3n directa o  por subasta, utilizando la primera cuando la oferta fuese mayor que la demanda y la segunda cuando la demanda fuese mayor que la oferta.<\/p>\n<p>Con este nuevo marco se dieron en octubre de 2013 las primeras negociaciones directas por estar la oferta por encima de la demanda y el precio promedio del gas para todos los contratos fue de 3,97 d\u00f3lares el mill\u00f3n de unidades t\u00e9rmicas brit\u00e1nicas (BTU que es una unidad de medida de energ\u00eda), precio menor en un  30% al regulado anterior que estaba en 5,65 US\/BTU. El nuevo valor fue la base para el precio del gas del 1 de enero al 30 de noviembre de 2014. Entre septiembre y octubre pasados se present\u00f3 una nueva negociaci\u00f3n directa para establecer los nuevos precios  porque la oferta segu\u00eda sobrepasando la demanda y, para sorpresa, el precio promedio del gas lo situaron en 5,07 US\/BTU, un 28% mayor que el anterior, para el periodo del 1 de diciembre de 2014 al 30 de noviembre del 2015. De acuerdo a la resoluci\u00f3n 089 de 2013 el precio del gas para los contratos a cinco o m\u00e1s a\u00f1os se actualiza de acuerdo a las variaciones de los contratos a un a\u00f1o seg\u00fan sus cambios de un a\u00f1o a otro, que para La Guajira fue de 25%. Ah\u00ed fue Troya.<\/p>\n<p>Los medios de comunicaci\u00f3n denunciaron la escandalosa alza del gas para la Costa cuando para el interior del pa\u00eds la tarifa ca\u00eda 3%. Ante las protestas de las fuerzas vivas de la regi\u00f3n, la Creg redact\u00f3 las resoluciones 183 y 184 del 28 de diciembre de 2014 con las cuales abri\u00f3 las posibilidades de una renegociaci\u00f3n de los contratos entre productores y transportadores con los distribuidores y comercializadores, la cual no ha arrojado resultados favorables. Esta situaci\u00f3n tiene varias explicaciones, como las siguientes:<\/p>\n<p>&#8211;\tEl art\u00edculo 174 de la ley 142 de 1994 establece que la Creg define las f\u00f3rmulas tarifarias y que las empresas de la cadena del gas calculan las tarifas por cobrar a partir de dichas metodolog\u00edas.<\/p>\n<p>&#8211;\tLa ley 1428 de 2010 establece que los incrementos de energ\u00eda y gas para estratos 1 y 2 hasta el 31 de diciembre de 2014 deben tener un tope m\u00e1ximo del IPC, y ya estamos en el 2015, no hay tope.<\/p>\n<p>&#8211;\tLas enmara\u00f1adas f\u00f3rmulas de la Creg contemplan la remuneraci\u00f3n de compra al productor (Chevron) y al Transportador (Promigas de Sarmiento Angulo) en d\u00f3lares, con variaci\u00f3n mensual; la remuneraci\u00f3n al distribuidor (Gases del Caribe) actualizada con el \u00cdndice de Precios al Productor de Estados Unidos y el IPC nacional y la comercializaci\u00f3n (Gases del Caribe) con base al IPC.<\/p>\n<p>&#8211;\tLa Creg dice que el pago en d\u00f3lares se justifica porque \u201clas compa\u00f1\u00edas invierten en un entorno internacional y sus productos suelen transarse en d\u00f3lares. Pero qui\u00e9n gana en d\u00f3lares en la Costa?<\/p>\n<p>&#8211;\tTambi\u00e9n dice la Creg que las inversiones son en bienes de capital importados en d\u00f3lares y los \u201cinversionistas no deben asumir riesgos con la tasa de cambios\u201d y que la Creg no ha regulado precios con base en costos de producci\u00f3n sino de acuerdo a la oferta y la demanda.<\/p>\n<p>&#8211;\tSobre la tasa interna de retorno (utilidades) la Creg dice que se basa en los principios de la eficiencia econ\u00f3mica y la suficiencia financiera para que \u201clas empresas reguladas recuperen sus costos y gastos propios de operaci\u00f3n\u2026 as\u00ed como reconocerles una adecuada remuneraci\u00f3n para el capital propio en la misma forma que la obtendr\u00eda una empresa eficiente, en un sector de riesgo comparable\u201d.<\/p>\n<p>La confesi\u00f3n de parte del gobierno de Juan Manuel Santos a trav\u00e9s de la Creg es esclarecedora pero escalofriante: les reconoce una ganancia a la fija, sin ning\u00fan riesgo, a los empresarios de la cadena del gas natural (productores, transportadores, distribuidores y comercializadores) pero a los usuarios residenciales, comerciales e industriales les impone un r\u00e9gimen tarifario expoliador, preparando el terreno para convertir a Colombia en importador del combustible con la planta regasificadora que construye en Cartagena el mayor potentado de Colombia, Sarmiento Angulo. Ya las protestas brotan por doquier exigiendo una modificaci\u00f3n sustancial de la f\u00f3rmula tarifaria que contemple costos reales de producci\u00f3n y una utilidad razonable, no desproporcionada, lo cual ser\u00e1 una batalla de largo aliento.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En el a\u00f1o 2013 el gobierno nacional, a trav\u00e9s de la Comisi\u00f3n de Regulaci\u00f3n de Energ\u00eda y Gas (CREG), realiz\u00f3 una serie de cambios relacionados con el r\u00e9gimen tarifario para el gas domiciliario. 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