{"id":5010,"date":"2010-11-13T14:54:14","date_gmt":"2010-11-13T14:54:14","guid":{"rendered":"https:\/\/moir.org.co\/web\/la-corte-sobre-el-matrimonio-nos-fallo\/"},"modified":"2010-11-13T14:54:14","modified_gmt":"2010-11-13T14:54:14","slug":"la-corte-sobre-el-matrimonio-nos-fallo","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/moir.com.co\/web\/la-corte-sobre-el-matrimonio-nos-fallo\/","title":{"rendered":"La Corte sobre el matrimonio nos fall\u00f3"},"content":{"rendered":"<p>La Corte Constitucional se declar\u00f3 inhibida para pronunciarse sobre el derecho al matrimonio de las parejas del mismo sexo, en una decisi\u00f3n que mantuvo en ascuas durante cerca de tres semanas a un gran n\u00famero de activistas por los derechos de las personas LGBT y que merece muchos an\u00e1lisis, entre los cuales quiero resaltar los siguientes:<\/p>\n<p>En Colombia la Corte Constitucional ya reconoci\u00f3 las uniones de pareja del mismo sexo y les ha reconocido los mismos derechos que tienen las parejas que podr\u00edamos llamar heterosexuales a excepci\u00f3n del matrimonio y la adopci\u00f3n, por lo que el debate jur\u00eddico sobre el derecho al matrimonio se ha centrado en el desarrollo del derecho fundamental a la igualdad formal ante la ley, en tanto la diferencia que ha validado la Corte Constitucional entre las parejas del mismo sexo y las de diferente sexo es la naturaleza jur\u00eddica del contrato por el cual acceden a los derechos sociales y patrimoniales que les otorga su uni\u00f3n, que son los mismos para ambos tipos de pareja. As\u00ed, en raz\u00f3n del sexo de las personas, la Corte perpet\u00faa un limitante inaceptable y que merece el rechazo de toda la ciudadan\u00eda.<\/p>\n<p>La exposici\u00f3n de argumentos de talante religioso durante el debate revela la necesidad de generar una movilizaci\u00f3n nacional en defensa del car\u00e1cter laico de nuestra naci\u00f3n. El Estado colombiano ha sido incapaz de garantizar a su ciudadan\u00eda el ejercicio de la funci\u00f3n p\u00fablica sin sesgo religioso y, por el contrario, servidores de las diferentes ramas del poder p\u00fablico emiten declaraciones profundamente fundamentalistas y hacen apolog\u00eda de la discriminaci\u00f3n por identidad de g\u00e9nero y orientaci\u00f3n sexual. La principal prueba de ello son las declaraciones del Procurador General de la Naci\u00f3n, Alejandro Ord\u00f3\u00f1ez, y las del Magistrado de la Corte Constitucional, Nilson Pinilla, sin que medie sobre ellos ninguna investigaci\u00f3n disciplinaria.<\/p>\n<p>Merece tambi\u00e9n todo nuestro rechazo el concepto negativo del Ministerio del Interior y de la Justicia, no solo porque demuestra su incapacidad de garantizar los derechos de las personas LGBTI sino tambi\u00e9n porque muestra el car\u00e1cter sofista y manipulador del actual y del anterior gobierno nacional, que convocaron a organizaciones LGBT, pese al rechazo de muchas de ellas, a una reuni\u00f3n para construir las bases de una pol\u00edtica p\u00fablica nacional para las personas LGBT. Su concepto demuestra que los temores de quienes nos opusimos en su momento a la realizaci\u00f3n de este encuentro no eran infundados y sirven para develar la naturaleza mentirosa de sus intentos por acercarse a los movimientos sociales y populares del pa\u00eds.<\/p>\n<p>Este fallo confirma los temores por la conservatizaci\u00f3n de la Corte Constitucional que con \u00e9l renuncia a su tradici\u00f3n progresista y constituye un llamado al Movimiento LGBTI para continuar sus procesos de evaluaci\u00f3n de la agenda de movilizaci\u00f3n, y de buscar los canales de articulaci\u00f3n para que iniciativas como esta demanda, que nos mantuvo en vilo las \u00faltimas semanas, cuenten con respaldo popular.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La Corte Constitucional se declar\u00f3 inhibida para pronunciarse sobre el derecho al matrimonio de las parejas del mismo sexo, en una decisi\u00f3n que mantuvo en ascuas durante cerca de tres semanas a un gran n\u00famero de activistas por los derechos de las personas LGBT y que merece muchos an\u00e1lisis, entre los cuales quiero resaltar los [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[3],"tags":[],"class_list":["post-5010","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-temas"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/moir.com.co\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5010","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/moir.com.co\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/moir.com.co\/web\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/moir.com.co\/web\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/moir.com.co\/web\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=5010"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/moir.com.co\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5010\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/moir.com.co\/web\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=5010"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/moir.com.co\/web\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=5010"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/moir.com.co\/web\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=5010"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}