{"id":21098,"date":"2005-05-02T19:00:00","date_gmt":"2005-05-02T19:00:00","guid":{"rendered":"http:\/\/prueba.moir.org.co\/2005\/05\/02\/exige-la-extradicion-esta-servido-su-majestad\/"},"modified":"2005-05-02T19:00:00","modified_gmt":"2005-05-02T19:00:00","slug":"exige-la-extradicion-esta-servido-su-majestad","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/moir.com.co\/web\/exige-la-extradicion-esta-servido-su-majestad\/","title":{"rendered":"\u00bfExige la extradici\u00f3n?: \u00a1EST\u00c1 SERVIDO, SU MAJESTAD!"},"content":{"rendered":"<p>Estados Unidos, so pretexto del combate al narcotr\u00e1fico, ha venido aceitando toda su maquinar\u00eda intervencionista. Sus imposiciones se agigantan y cubren los m\u00e1s dis\u00edmiles campos<\/p>\n<p>Por Esperanza Lozano Castillo<\/p>\n<p>En cumplimiento de la agenda Frechette, la Comisi\u00f3n Primera del Senado acaba de aprobar la extradici\u00f3n de colombianos para ser juzgados en el exterior, de hecho en los Estados Unidos. Los se\u00f1ores Samper y Serpa, dejando a un lado las actitudes remolonas, apremian al parlamento a obedecer las \u00f3rdenes imperiales. El ministro del Interior, antes de dejar el cargo para lanzarse a la campa\u00f1a presidencial, se afana por mostrarle al gobierno norteamericano que tiene en \u00e9l a otro obsecuente servidor. Ya lo hab\u00eda demostrado cuando llam\u00f3 al Congreso a dejar de lado todo escr\u00fapulo jur\u00eddico para aprobar la ley de extinci\u00f3n de dominio. Desde luego, el proyecto se discute en medio de la vocingler\u00eda de los grupos monopolistas que claman porque se apruebe lo que sea con tal de satisfacer al T\u00edo Sam.<\/p>\n<p>Estados Unidos, so pretexto del combate al narcotr\u00e1fico, ha venido aceitando toda su maquinaria intervencionista y sus imposiciones se agigantan a diario y cubren los m\u00e1s dis\u00edmiles campos.<\/p>\n<p>Las naturalezas extremadamente d\u00factiles del Presidente y su ministro estrella se han hecho patentes en los diversos episodios de este drama. El mandatario, que hoy clama por la extradici\u00f3n, lleg\u00f3 a hablar de condicionarla a una acci\u00f3n conjunta de m\u00faltiples pa\u00edses contra el tr\u00e1fico y el consumo de estupefacientes. Y Horacio Serpa, quien en 1989 se opuso a que el tema de la extradici\u00f3n fuera sometido a un plebiscito, consciente de que por ese camino ser\u00eda rechazada, dos a\u00f1os despu\u00e9s, y acomod\u00e1ndose al clima imperante, dijo en la Asamblea Constituyente: &#8220;En cambio de entregar a los nacionales a una justicia parcializada, que se ejerce contra nuestros compatriotas en el exterior, preferimos juzgarlos nosotros porque as\u00ed podemos ofrecerles garant\u00edas&#8221;.<\/p>\n<p>Ahora su af\u00e1n consiste en cumplir los &#8220;compromisos del gobierno&#8221; y ceder a las presiones de Norteam\u00e9rica. A la vez que pide garant\u00edas legales para s\u00ed, frente a las acusaciones por la financiaci\u00f3n de la campa\u00f1a presidencial de 1994, auspicia la entrega de colombianos a tribunales extranjeros que no les respetar\u00e1n ninguna. Por ello sus aspavientos de desobediencia no logran ocultar su verdadera actitud de cumplir punto por punto los mandatos del gobierno de la superpotencia.<\/p>\n<p>El Tratado no est\u00e1 vigente<br \/>\nLos 18 a\u00f1os transcurridos desde la firma del Tratado del 14 de septiembre de 1989 sobre extradici\u00f3n, dejan al desnudo una oprobiosa suma de actos de intromisi\u00f3n del imperialismo en nuestros asuntos internos. El instrumento fue pactado en el momento en que Estados Unidos, liderado por Reagan, pon\u00eda al orden del d\u00eda la recuperaci\u00f3n de la horadada influencia en su patio trasero.<\/p>\n<p>Como fue se\u00f1alado en su momento, el mencionado acuerdo infring\u00eda normas tutelares del derecho burgu\u00e9s. Mencionemos algunas de las m\u00e1s importantes: la imprecisi\u00f3n de los delitos a los cuales podr\u00eda aplicarse; la violaci\u00f3n de la retroactividad de la ley penal, ya que \u00e9sta se aplicara a los delitos cometidos antes y despu\u00e9s de la fecha de entrada en vigencia del tratado; desconoci\u00f3 igualmente el principio de reciprocidad, puesto que permiti\u00f3 penas superiores a las existentes en el pa\u00eds. Otro ejemplo es el de los castigos pecuniarios, que en el r\u00e9gimen norteamericano contempla la confiscaci\u00f3n de toda clase de bienes de los condenados sin diferenciar forma de adquisici\u00f3n u origen, cuesti\u00f3n inexistente en casi todos los reg\u00edmenes legales contempor\u00e1neos, incluido el nuestro.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, el convenio exclu\u00eda la intervenci\u00f3n del Ministerio P\u00fablico, y eso que se trataba de un hecho de semejante significaci\u00f3n sobre la suerte de las personas. Se estableci\u00f3 una &#8220;extradici\u00f3n simplificada&#8221; que pretermit\u00eda las formalidades para concederla cuando el reo &#8220;est\u00e9 de acuerdo&#8221;.<\/p>\n<p>Dado que las leyes que buscaban aprobar el tratado de extradici\u00f3n fueron declaradas inexequibles, y que posteriormente aquella fue elevada a prohibici\u00f3n constitucional, el gobierno estaba en la obligaci\u00f3n de denunciar el convenio, para evitar la ambig\u00fcedad. Como jam\u00e1s lo hizo se ha mantenido la inseguridad jur\u00eddica lo cual les permite jugar con las interpretaciones.<\/p>\n<p>Los presidentes burlan la ley<br \/>\nDurante los gobiernos de Betancur. Barco y Gaviria, pese a los impedimentos jur\u00eddicos, se hicieron m\u00faltiples entregas de nacionales. Sin esperar el pronunciamiento de la Corte Suprema sobre la legalidad del tratado, Betancur, en abril de 1984, tras el asesinato de Lara Bonilla, comienza a extraditar colombianos. El 12 de diciembre de 1986 fue declarada inexequible la ley 27 de 1980, aprobatoria del tratado, pues hab\u00eda sido sancionada por el ministro delegatario Germ\u00e1n Zea, y no por el entonces presidente Turbay, como era condici\u00f3n sine qua non. Barco, a los dos d\u00edas, y para burlar el concepto de la Corte, cuyo acatamiento era obligatorio, produjo la ley 68 de 1986, cuyo contenido era el mismo de la ley 27. Esta avivatada se llevaba de calle la obligaci\u00f3n de volver a presentar al Congreso la ley, como lo observ\u00f3 el m\u00e1ximo tribunal al declararla anticonstitucional. Amparado en su esperpento, envi\u00f3 a Carlos Ledher a los Estados Unidos el 4 de febrero de 1987. Empero, la complaciente Sala Penal de la Corte le hab\u00eda abierto un boquete el 7 de febrero del mismo a\u00f1o, se\u00f1alando que negada la ley aprobatoria se reviv\u00eda la vigencia de antiguos tratados de extradici\u00f3n que rigieron con Estados Unidos: la Convenci\u00f3n Rec\u00edproca de Extradici\u00f3n de Reos de 1888, la Convenci\u00f3n Multilateral de Montevideo de 1933 y la Convenci\u00f3n Suplementaria de 1940.<\/p>\n<p>Barco, bas\u00e1ndose en la de Montevideo, dispuso, por orden de estados Unidos, la detenci\u00f3n de Pablo Escobar con el fin de extraditarlo. Pero el Consejo de Estado se\u00f1al\u00f3 la improcedencia de aplicar la mencionada Convenci\u00f3n porque, a la luz del derecho internacional, el Tratado de 1979 manten\u00eda su vigencia por no haber sido denunciado por ninguno de los contratantes, aunque era inaplicable internamente en nuestro pa\u00eds debido a la falta de aprobaci\u00f3n parlamentaria.<\/p>\n<p>Horas antes del asesinato de Gal\u00e1n, el 18 de agosto de 1989, Barco, d\u00f3cil, se decidi\u00f3 por el curalotodo de los reg\u00edmenes olig\u00e1rquicos, el estado de sitio, reviviendo la extradici\u00f3n por &#8220;v\u00eda administrativa&#8221;, a fin de obviar el concepto de las Cortes.<\/p>\n<p>La Corte Suprema, el 3 de octubre de 1989, se opuso a utilizar el 121 y acogi\u00f3 el concepto del Consejo de Estado sobre la vigencia del tratado bilateral a pesar de no poderse aplicar.<\/p>\n<p>Barco, para quien sus tribunales eran los del Norte, procedi\u00f3 a extraditar viol\u00e1ndoles a los acusados todo derecho, incluido el debido proceso.<\/p>\n<p>Gaviria inicia su mandato extraditando a tres colombianos de acuerdo con la &#8220;doctrina Barco&#8221;, pero simult\u00e1neamente inaugura la acomodaticia pol\u00edtica, tambi\u00e9n dictada por el imperio, de &#8220;sometimiento a la justicia&#8221;.<\/p>\n<p>A trav\u00e9s del decreto 2047 ofrece no extraditar, a cambio de la confesi\u00f3n de delitos cometidos antes del 5 de septiembre de 1990 y de la entrega de algunas propiedades. As\u00ed se inician las complacencias con Escobar, hasta que la Carta de 1991 proh\u00edbe la extradici\u00f3n, todo con el benepl\u00e1cito de los Estados Unidos. Curiosamente, en los d\u00edas de Gaviria, \u00e9ste y los gringos aprobaron reducir las penas y que la Constituci\u00f3n negara la extradici\u00f3n. Ahora exigen que se aplique retroactivamente y que los castigos sean severos.<\/p>\n<p>La Convenci\u00f3n de Viena<br \/>\nLos defensores de la extradici\u00f3n han querido basarse en las Convenciones de Viena de 1961, 1971 y 1988, suscritas por Colombia. Lo que no mencionan es que la \u00faltima fue ratificada por el pa\u00eds mediante la ley 67 de 1993, con las siguientes reservas y declaraciones:<br \/>\n1. La prohibici\u00f3n de extraditar colombianos por nacimiento.<\/p>\n<p>2. No imponer penas de confiscaci\u00f3n de bienes<\/p>\n<p>3. El pa\u00eds no se considera obligado a invertir la carga de la prueba.<\/p>\n<p>4. Las autoridades judiciales son aut\u00f3nomas para conocer de la investigaci\u00f3n y juzgamiento de los delitos.<\/p>\n<p>Las declaraciones de Colombia fueron:<\/p>\n<p>1. No se obligar\u00e1 a adoptar medidas legislativas, judiciales, administrativas o de otro car\u00e1cter, que vulneren o restrinjan su sistema constitucional y legal o vayan m\u00e1s all\u00e1 de los tratados en que sea parte contratante el Estado colombiano.<\/p>\n<p>2. La erradicaci\u00f3n del cultivo de la coca debe armonizarse con: desarrollo alternativo, derechos de los ind\u00edgenas, protecci\u00f3n del medio ambiente y trato equitativo a las exportaciones de productos agr\u00edcolas.<\/p>\n<p>3. Se tendr\u00e1 en cuenta la pol\u00edtica de sometimiento y colaboraci\u00f3n de acuerdo con la ley penal.<\/p>\n<p>4. La cooperaci\u00f3n judicial rec\u00edproca no ser\u00e1 concedida cuando se menoscabe el inter\u00e9s p\u00fablico.<\/p>\n<p>5. Mantener la prescriptibilidad penal.<\/p>\n<p>6. En cuanto a la adopci\u00f3n de &#8220;medidas m\u00e1s estrictas o rigurosas&#8221; el gobierno no puede tener m\u00e1s facultades de las que otorga la Carta.<\/p>\n<p>7. Colombia no acepta la interdicci\u00f3n mar\u00edtima.<\/p>\n<p>8. Considera contrario a los principios cualquier acto de secuestro o privaci\u00f3n ilegal de la libertad de las personas dentro de un Estado para hacerlas comparecer ante los tribunales de otro.<\/p>\n<p>9. Que no se vulneren las garant\u00edas constitucionales en la remisi\u00f3n de actuaciones judiciales de tipo penal<\/p>\n<p>El entreguismo de Samper<br \/>\nAs\u00ed pues, la Convenci\u00f3n de Viena no obliga a la extradici\u00f3n de colombianos. Pero vale la pena destacar que el gobierno de Samper ha batido todas las marcas del entreguismo. Las reservas y declaraciones consignadas en dicha Convenci\u00f3n han sido echadas atr\u00e1s en las distintas reformas con las que el samperismo ha querido complacer a sus amos: se invirti\u00f3 la carga de la prueba mediante la legislaci\u00f3n sobre enriquecimiento il\u00edcito; la prohibici\u00f3n de confiscar bienes desapareci\u00f3 con la extinci\u00f3n del dominio; se aprob\u00f3 el aumento de penas; se autoriz\u00f3 el abordaje de embarcaciones colombianas por parte de la marina norteamericana: v se firmaron tratados de &#8220;cooperaci\u00f3n judicial&#8221;, que subordinan ]ajusticia colombiana ala extranjera.<\/p>\n<p>Finalmente, vivimos el proceso de imposici\u00f3n de la extradici\u00f3n, que con toda seguridad terminar\u00e1 por aprobarse con retroactividad, sin condicionamiento ni garant\u00eda alguna, tal como lo exige el embajador Myles Frechette, y lo promueven individuos de la cala\u00f1a de L\u00f3pez Michelsen, Gaviria y Valdivieso.<\/p>\n<p>El MOIR siempre se ha opuesto a que el pa\u00eds se convierta en un refugio de delincuentes, y por eso no rechaza por principio la extradici\u00f3n. Pero lo que est\u00e1 en marcha es un gigantesco atropello a la soberan\u00eda y la negaci\u00f3n de los m\u00e1s elementales derechos democr\u00e1ticos. Por eso consideramos que denunciar esta urdimbre colonialista es tarea de primer orden para todos los patriotas.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Estados Unidos, so pretexto del combate al narcotr\u00e1fico, ha venido aceitando toda su maquinar\u00eda intervencionista. 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