{"id":1702,"date":"2004-08-22T19:00:00","date_gmt":"2004-08-22T19:00:00","guid":{"rendered":"https:\/\/moir.org.co\/web\/persiste-el-drama-de-los-usuarios-nueva-formula-para-calcular-las-tarifas-de-agua\/"},"modified":"2004-08-22T19:00:00","modified_gmt":"2004-08-22T19:00:00","slug":"persiste-el-drama-de-los-usuarios-nueva-formula-para-calcular-las-tarifas-de-agua","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/moir.com.co\/web\/persiste-el-drama-de-los-usuarios-nueva-formula-para-calcular-las-tarifas-de-agua\/","title":{"rendered":"PERSISTE EL DRAMA DE LOS USUARIOS: NUEVA F\u00d3RMULA PARA CALCULAR LAS TARIFAS DE AGUA"},"content":{"rendered":"<p>Javier Gaviria Betancur, Presidente Asociaci\u00f3n Antioque\u00f1a de Ligas de Usuarios de los Servicios P\u00fablicos Domiciliarios<\/p>\n<p>Despu\u00e9s de tres a\u00f1os de discusiones, asesor\u00edas y consultor\u00edas (externas, la mayor\u00eda de peritos del Banco Mundial), la Comisi\u00f3n Reguladora de Agua Potable \u2013 CRA, acaba de anunciar p\u00fablicamente al pa\u00eds que ya tiene decidida la nueva f\u00f3rmula tarifaria que habr\u00e1 de regir durante los pr\u00f3ximos cinco a\u00f1os para el servicio p\u00fablico de acueducto y alcantarillado. Anuncio que coincide, no casualmente, con otra serie de medidas que se habr\u00e1n de adoptar por diversas oficinas del gobierno nacional relacionadas con la prestaci\u00f3n de los servicios y por la propia Comisi\u00f3n Reguladora. Medidas, todas, que conjugadas, advertimos, empeorar\u00e1n el drama de los usuarios de todo el pa\u00eds, pues est\u00e1n dise\u00f1adas exclusivamente para garantizar mayores rentabilidades a los voraces inversionistas privados, sin importar la insolvencia generalizada de las familias.<\/p>\n<p>El Plan Nacional de Desarrollo de Uribe \u201cHacia un Estado comunitario\u201d o Ley 812 de junio 26 de 2003, precis\u00f3 el rumbo que se le imprimir\u00eda a la nueva f\u00f3rmula tarifaria y consign\u00f3 tambi\u00e9n algunas de las medidas que la complementar\u00edan, para mayor eficacia de su cometido. En el art\u00edculo 8\u00ba, literal B, numeral 4 de la mencionada ley, se lee textualmente: \u201cEn cuanto al agua potable y saneamiento b\u00e1sico&#8230; se ajustar\u00e1 el esquema tarifario y de subsidios para que incentive la inversi\u00f3n\u201d. En estos t\u00e9rminos qued\u00f3 consignada la orden filos\u00f3fica y econ\u00f3mica a la que se deb\u00eda someter la actuaci\u00f3n de la CRA al producir la nueva f\u00f3rmula tarifaria, en una relaci\u00f3n de medio a fin: ajustar las tarifas y los subsidios siempre buscando incentivar a los inversionistas.<br \/>\nYa conocido el Nuevo Marco Regulatorio o f\u00f3rmula de tarifas, se advierte que son grandes los cambios, tanto en los antiguos componentes, como en el ingreso de nuevos elementos. Veamos de manera resumida esta medida que consideramos un peligro mayor para el derecho a acceder a servicio tan vital como es el del agua potable.<\/p>\n<p>Dos componentes integran la f\u00f3rmula tarifaria: un cargo fijo que corresponde a los costos de administraci\u00f3n de la empresa y un cargo variable que incluye los costos de operaci\u00f3n, mantenimiento e inversi\u00f3n.<\/p>\n<p>De los costos de administraci\u00f3n excluir\u00e1n la porci\u00f3n corriente del pasivo pensional y el factor prestacional ser\u00e1 limitado a un valor m\u00e1ximo o techo considerado eficiente o competitivo, mecanismo con el cual pretenden hacer ver a los trabajadores como responsables por los altos costos del servicio, ocultando el verdadero origen de toda alza: las insaciables exigencias de rentabilidad de los inversionistas privados. Aclaremos que el cargo fijo representa el 20% de la factura, mientras que el cargo variable es el 80%. En el cargo fijo, el pasivo pensional en su porci\u00f3n corriente es apenas el 40%, es decir, el 8% del total de la factura, mientras que la rentabilidad es el 14.5%, es decir, casi el doble de toda la porci\u00f3n corriente del pasivo pensional de los trabajadores. Pretenden confrontar a los usuarios con los trabajadores, para que aquellos tercien en contra de las Convenciones Colectivas. Que Ca\u00edn mate de nuevo a Abel, pero que siga viviendo el verdugo de ambos, es la consigna de estos neoliberales.<\/p>\n<p>A los costos de operaci\u00f3n y de inversi\u00f3n, que forman el cargo variable, se le introducen notables modificaciones y se le agregan nuevos costos, no asumidos antes por los usuarios. En la f\u00f3rmula tarifaria anterior, que reg\u00eda desde 1996, las tasas ambientales estaban calculadas en una proporci\u00f3n menor dentro de los costos de operaci\u00f3n que se trasladaban a los usuarios, creando respecto de la otra porci\u00f3n una enorme deuda que arrastran hasta hoy bastantes empresas con las Corporaciones. Ahora se resolver\u00e1 el asunto trasladando a la factura, de manera plena y directa, todas las tasas ambientales, no s\u00f3lo las de uso, sino tambi\u00e9n las retributivas y las compensatorias.<\/p>\n<p>Lo mismo ocurrir\u00e1 con los costos de inversi\u00f3n, pues ahora se incluir\u00e1n no solo los de reposici\u00f3n y expansi\u00f3n, sino tambi\u00e9n los de rehabilitaci\u00f3n. Inversiones que ya no ser\u00e1n sustentadas por su factibilidad, como ven\u00eda ocurriendo, sino por metodolog\u00eda de costos. Es decir, que los catorce billones de pesos que requiere el sector en infraestructura y otras inversiones, durante los pr\u00f3ximos cuatro a\u00f1os, seg\u00fan c\u00e1lculos del Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n, provendr\u00e1n de la factura de los usuarios. Como lo anotara el experto comisionado de la CRA, Carlos Eduardo Hern\u00e1ndez Celis: \u201cel agua deja de ser servicio del Estado, ahora hablamos de la industria del agua\u201d.(1)<\/p>\n<p>Para despejar cualquier duda respecto del sentido y la meta que tienen estos cambios, basta con escuchar la voz del Director Ejecutivo de la CRA, Doctor Cristian Stapper Buitrago, quien en la audiencia p\u00fablica del 12 de febrero de este a\u00f1o, celebrada en Medell\u00edn, para presentar la nueva f\u00f3rmula tarifaria, afirm\u00f3 lo siguiente: \u201cA cada paso me preguntan: van a bajar las tarifas? Yo tengo una responsabilidad frente a 2.500 empresas reguladas, dif\u00edcilmente puedo hacer esa afirmaci\u00f3n\u201d. Y a rengl\u00f3n seguido agreg\u00f3: \u201chay un documento Conpes del a\u00f1o pasado que nos advirti\u00f3 que la presentaci\u00f3n de la regulaci\u00f3n nueva no pod\u00eda inducir a la creencia generalizada de que iban a bajar las tarifas\u201d. (2)<\/p>\n<p>Sin embargo, los usuarios tenemos todo el derecho y las razones suficientes para tener la creencia generalizada de que s\u00ed van a subir las tarifas desde el 1\u00ba. de abril, fecha de inicio del llamado primer tramo de la medida. Establece tambi\u00e9n la f\u00f3rmula un segundo tramo para aplicar a partir del 1\u00ba. de enero de 2005, quiz\u00e1s en la creencia de que as\u00ed no percibiremos la magnitud del da\u00f1o.<\/p>\n<p>Se complementa la f\u00f3rmula con otras dos decisiones, contenidas en el Plan Nacional de Desarrollo, y con una tercera, pr\u00f3xima a ser tomada por el Ministerio del Medio Ambiente y la Comisi\u00f3n Reguladora de Agua potable.<\/p>\n<p>Dijimos desde el inicio que se trata de ajustar el esquema tarifario y de subsidios para incentivar la inversi\u00f3n. Ya est\u00e1 listo el esquema tarifario, que como lo acabamos de analizar nos anuncia m\u00e1s alzas. La pregunta que debemos responder es: \u00bfCu\u00e1l ser\u00e1 el nuevo esquema de subsidios?<\/p>\n<p>Primero recordemos algunos datos de la situaci\u00f3n actual de los sectores sociales subsidiados para que se entienda bien el alcance de las medidas que llamamos complementarias y que se refieren al \u201cajuste del esquema de subsidios\u201d.<\/p>\n<p>En el 84% de los municipios del pa\u00eds no hay quien aporte a los Fondos de Solidaridad, el 85% de los usuarios del pa\u00eds pertenece a los estratos 1, 2 y 3, subsidiables y, el 65% del agua facturada por las empresas es consumida por los estratos subsidiados. En t\u00e9rminos de expertos comisionados, hay abundancia de usuarios subsidiables y escasez de aportantes de recursos para atenderlos. Y en t\u00e9rminos de pesos se dice que hay un d\u00e9ficit anual de seiscientos veinte mil millones de pesos, pues mientras los subsidios demandan seiscientos ochenta mil millones de pesos, s\u00f3lo se recaudan sesenta mil millones de pesos (3). En consecuencia, a solucionar este d\u00e9ficit es que apunta el ajuste del esquema de subsidios. Veamos c\u00f3mo:<\/p>\n<p>1. Antes del 30 de noviembre de 2004, los alcaldes de todo el pa\u00eds realizar\u00e1n, adoptar\u00e1n y aplicar\u00e1n una nueva reestratificaci\u00f3n para los conglomerados de vivienda con m\u00e1s de 4.000 habitantes \u2013 cabeceras municipales urbanas y centros poblados rurales. (Plan Nacional de Desarrollo \u2013PND-, Art 8\u00ba, literal D, numeral 3). Para el efecto fue encargado el DANE, el cual ya comenz\u00f3 la reestratificaci\u00f3n en varias ciudades mayores e intermedias. En virtud de esta medida se atacar\u00e1 la cifra considerada abundante para reducirla notoriamente, es decir, la del 85% de usuarios clasificados en estratos 1, 2 y 3.<\/p>\n<p>2. Los subsidios se aplicar\u00e1n a estratos 1 y 2, no al 3, sobre el llamado consumo b\u00e1sico. La variaci\u00f3n mensual de la tarifa ser\u00e1 igual al \u00edndice de precios al consumidor. Pero, \u201cde acuerdo con la disponibilidad de recursos\u201d. se focaliza seg\u00fan la cuant\u00eda de los mismos, para dar subsidio \u201ca los m\u00e1s pobres de los municipios m\u00e1s pobres\u201d ( PND, Art 116).<\/p>\n<p>3. El Ministerio del Medio Ambiente prepara la expedici\u00f3n de un decreto que revisa el monto del llamado consumo b\u00e1sico de agua, hoy fijado en 20 mts3. Tan pronto se produzca esa norma se expide la correspondiente Resoluci\u00f3n de la CRA, es decir, se mermar\u00e1 el consumo b\u00e1sico, sobre el cual se calculan los subsidios.<\/p>\n<p>En resumen, mientras la nueva f\u00f3rmula ajusta el esquema tarifario, estas tres medidas se encargar\u00e1n de ajustar el esquema de subsidios. Mayores tarifas, menores subsidios es el rumbo inequ\u00edvoco de estas reformas.<\/p>\n<p>NOTAS:<br \/>\n(1) Carlos Eduardo Hern\u00e1ndez Celis. Experto comisionado de la CRA. Audiencia p\u00fablica del 12 de Febrero de 2004. Auditorio del IDEA, Medell\u00edn. Transcripci\u00f3n de la grabaci\u00f3n tomada por el autor.<br \/>\n(2) Cristian Stapper Buitrago. Director Ejecutivo de la CRA. Audiencia p\u00fablica del 12 de Febrero de 2004. Auditorio del IDEA, Medell\u00edn. Transcripci\u00f3n de la grabaci\u00f3n tomada por el autor.<br \/>\n(3) Revista Deslinde, CEDETRABAJO, Bogot\u00e1, n\u00famero 32, noviembre-diciembre 2002. P\u00e1gina 29. Javier Gaviria B. \u201cCon Uribe: sigue cartilla del FMI en los servicios p\u00fablicos\u201d.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Javier Gaviria Betancur, Presidente Asociaci\u00f3n Antioque\u00f1a de Ligas de Usuarios de los Servicios P\u00fablicos Domiciliarios Despu\u00e9s de tres a\u00f1os de discusiones, asesor\u00edas y consultor\u00edas (externas, la mayor\u00eda de peritos del Banco Mundial), la Comisi\u00f3n Reguladora de Agua Potable \u2013 CRA, acaba de anunciar p\u00fablicamente al pa\u00eds que ya tiene decidida la nueva f\u00f3rmula tarifaria que [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"advanced_seo_description":"","jetpack_seo_html_title":"","jetpack_seo_noindex":false,"_jetpack_memberships_contains_paid_content":false,"footnotes":""},"categories":[26],"tags":[],"class_list":["post-1702","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-el-usuario-no8-marzo-abril-2004"],"jetpack_featured_media_url":"","jetpack-related-posts":[{"id":1736,"url":"https:\/\/moir.com.co\/web\/a-proposito-del-proyecto-de-ley-284\/","url_meta":{"origin":1702,"position":0},"title":"A PROP\u00d3SITO DEL PROYECTO DE LEY 284","author":"admin","date":"febrero 8, 2005","format":false,"excerpt":"Fraternalmente, declaraci\u00f3n de la Asociaci\u00f3n de Ligas, Comit\u00e9s y Usuarios de los Servicios P\u00fablicos de Caldas sobre el Proyecto de Ley No.284 de 1996 \u201cpor el cual se modifica parcialmente la Ley 142 de 1994\u201d. 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