{"id":1345,"date":"2006-01-31T07:00:00","date_gmt":"2006-01-31T07:00:00","guid":{"rendered":"https:\/\/moir.org.co\/web\/el-gobierno-colombiano-chantajea-a-bolivia\/"},"modified":"2006-01-31T07:00:00","modified_gmt":"2006-01-31T07:00:00","slug":"el-gobierno-colombiano-chantajea-a-bolivia","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/moir.com.co\/web\/el-gobierno-colombiano-chantajea-a-bolivia\/","title":{"rendered":"EL GOBIERNO COLOMBIANO CHANTAJEA A BOLIVIA"},"content":{"rendered":"<p>El Presidente Alvaro Uribe pidi\u00f3 al Presidente boliviano Evo Morales que vote a favor de la reformulaci\u00f3n de la decisi\u00f3n 486 de la Comunidad Andina de Naciones (CAN), a cambio de que Colombia garantice mercados para las oleaginosas bolivianas en las negociaciones del TLC con Estados Unidos.<\/p>\n<p>El gobierno de Uribe est\u00e1 ansioso de firmar un TLC con Estados Unidos, a\u00fan tomando como base de negociaci\u00f3n los textos del TLC firmado entre Per\u00fa y Estados Unidos referidos a patentes y protecci\u00f3n de datos de prueba.<\/p>\n<p>El 12 de noviembre del a\u00f1o pasado, Uribe instruy\u00f3 a sus funcionarios considerar como &#8220;techo&#8221; de la negociaci\u00f3n el texto del Decreto 2085 de 2002, el cual reglamenta la forma de proteger los datos de prueba suministrados al Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos de Colombia (INVIMA) para obtener permiso de comercializaci\u00f3n de medicamentos y agroqu\u00edmicos.<\/p>\n<p>Sin embargo, el Tribunal Andino de Justicia concluy\u00f3 que dicho Decreto viola el ordenamiento jur\u00eddico de la comunidad porque fija plazos &#8220;de exclusividad&#8221; para la informaci\u00f3n suministrada para obtener registro sanitario de nuevas entidades qu\u00edmicas, una forma de protecci\u00f3n que no se encuentra contemplada en el art\u00edculo 266 de la Decisi\u00f3n 486 de la Comunidad Andina de Naciones (CAN). De ah\u00ed que el TAJ conmin\u00f3 al gobierno colombiano a reconsiderar su decisi\u00f3n.<\/p>\n<p>En un intento de cubrirse las espaldas y de evitar sanciones futuras de la TAJ por las seguras violaciones de la normatividad en las negociaciones del TLC con Estados Unidos, Uribe propuso modificar la legislaci\u00f3n andina y adaptar el art\u00edculo 266 de la Decisi\u00f3n 486 a los postulados del libre comercio de Washington.<\/p>\n<p>El art\u00edculo 266 original indica textualmente: &#8220;Los Pa\u00edses Miembros, cuando exijan, como condici\u00f3n para aprobar la comercializaci\u00f3n de productos farmac\u00e9uticos o de productos qu\u00edmicos agr\u00edcolas que utilizan nuevas entidades qu\u00edmicas, la presentaci\u00f3n de datos de pruebas u otros no divulgados cuya elaboraci\u00f3n suponga un esfuerzo considerable, proteger\u00e1n esos datos contra todo uso comercial desleal. Adem\u00e1s, los Pa\u00edses Miembros proteger\u00e1n esos datos contra toda divulgaci\u00f3n, excepto cuando sea necesario para proteger al p\u00fablico, o salvo que se adopten medidas para garantizar la protecci\u00f3n de los datos, contra todo uso comercial desleal. Los Pa\u00edses Miembros podr\u00e1n tomar las medidas para garantizar la protecci\u00f3n consagrada en este art\u00edculo&#8221;. Es decir, el art\u00edculo faculta a los pa\u00edses a obviar las protecciones de la propiedad intelectual en caso de necesidad p\u00fablica.<\/p>\n<p>El 31 de enero de este a\u00f1o, el gobierno colombiano propuso al Consejo de la CAN modificar el \u00faltimo p\u00e1rrafo del art\u00edculo 266 agregando la siguiente potestad: &#8220;Estas medidas podr\u00e1n incluir el establecimiento de plazos durante los cuales los Pa\u00edses Miembros no autorizar\u00e1n a un tercero (&#8230;) comercializar un producto con base en dicha informaci\u00f3n&#8221;.<\/p>\n<p>De esta forma, el gobierno colombiano intenta adaptar la legislaci\u00f3n de la CAN a las exigencias del TLC para liberarse del fallo del TAJ, en beneficio de un pu\u00f1ado de multinacionales farmac\u00e9uticas y en perjuicio de los pueblos de la regi\u00f3n andina.<\/p>\n<p>Uribe se desdice<\/p>\n<p>En noviembre de 2004 el gobierno de Uribe defini\u00f3 que la regulaci\u00f3n vigente en Colombia (Acuerdo ADPIC de la OMC y Decisi\u00f3n 486 de la CAN ) proteg\u00edan adecuadamente los derechos de propiedad intelectual y, por ende, prometi\u00f3 no firmar un tratado tipo CAFTA, el cual contiene est\u00e1ndares de protecci\u00f3n superiores y &#8220;altamente inconvenientes para Colombia&#8221;.<\/p>\n<p>Sin embargo, 15 meses despu\u00e9s el mismo Uribe acepta negociar el cierre del TLC con Estados Unidos tomando como base los textos del TLC Per\u00fa que constituye un &#8220;CAFTA plus&#8221;, es decir un tratado a\u00fan m\u00e1s inconveniente que el CAFTA.<\/p>\n<p>Un estudio divulgado por la OMS-OPS en noviembre pasado concluye que si Colombia llegara a ceder a las pretensiones de los Estados Unidos en materia de alargamiento de las patentes, protecci\u00f3n de datos y linkage (pretensiones que acogen los textos del TLC Per\u00fa que servir\u00e1n de base para el cierre de la mesa de propiedad intelectual), se generar\u00eda un aumento del gasto en salud muy grande, alrededor de 940 millones de d\u00f3lares anuales, que tendr\u00edan que salir de los presupuestos insuficientes de las instituciones integrantes del Sistema de Salud o del bolsillo de los 14 millones de colombianos pobres que no forman parte del Sistema.<\/p>\n<p>La OPS estima que perder\u00edan el acceso a los antirretrovirales 4.400 enfermos de sida cada a\u00f1o, los cuales estar\u00edan condenados a morir en un lapso promedio de cinco a\u00f1os. Estudios de la Universidad Nacional de Bogot\u00e1 [1] y del Ministerio de Salud del Per\u00fa sobre dicho pa\u00eds [2] coinciden con las conclusiones de la OPS.<br \/>\nEl chantaje<\/p>\n<p>Fuentes extraoficiales, pero muy confiables, confirmaron que altos personeros del gobierno colombiano se comunicaron con funcionarios bolivianos para pedir su colaboraci\u00f3n en la tarea de acomodar la legislaci\u00f3n andina a las exigencias norteamericanas y de esta forma allanar la firma del TLC.<\/p>\n<p>Si Bolivia acepta la propuesta, el Presidente Uribe se comprometer\u00eda a defender el mercado colombiano para las exportaciones bolivianas de oleaginosas, que en 2005 ascendieron a casi 138 millones de d\u00f3lares, aunque en ning\u00fan momento el gobierno de Uribe habl\u00f3 de &#8220;garantizar&#8221; el mercado para la producci\u00f3n boliviana.<\/p>\n<p>El Presidente Morales pidi\u00f3 a su colega norteamericano George W. Bush ampliar el tiempo de vigencia de las preferencias arancelarias para los productos no tradicionales bolivianos, especialmente los textiles, y solicit\u00f3 a Colombia disminuir la cuota ofrecida a Estados Unidos en la negociaci\u00f3n del TLC para la importaci\u00f3n de torta de soya de 55 mil a menos de 20 mil toneladas m\u00e9tricas.<\/p>\n<p>Notas:<\/p>\n<p>[1] Universidad Nacional de Colombia, Centro de Investigaciones para el Desarrollo, &#8220;Impactos del Tratado de Libre Comercio Colombia-Estados Unidos en el Sector Salud del Distrito Capital&#8221;, Bogot\u00e1, mayo de 2005.<\/p>\n<p>[2] Ministerio de Salud del Per\u00fa, &#8220;Evaluaci\u00f3n de los Potenciales Efectos sobre Acceso a Medicamentos del Tratado de Libre Comercio que se negocia con los Estados Unidos de Am\u00e9rica&#8221;, Lima, Per\u00fa, abril de 2005.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Presidente Alvaro Uribe pidi\u00f3 al Presidente boliviano Evo Morales que vote a favor de la reformulaci\u00f3n de la decisi\u00f3n 486 de la Comunidad Andina de Naciones (CAN), a cambio de que Colombia garantice mercados para las oleaginosas bolivianas en las negociaciones del TLC con Estados Unidos. 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