{"id":13278,"date":"2017-09-12T16:16:56","date_gmt":"2017-09-12T16:16:56","guid":{"rendered":"https:\/\/moir.org.co\/web\/?p=13278"},"modified":"2017-09-12T16:16:56","modified_gmt":"2017-09-12T16:16:56","slug":"en-lugar-de-verdadera-atencion-educativa-a-la-poblacion-con-discapacidad-el-gobierno-santos-en-el-1421-viola-los-acuerdos-con-el-magisterio","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/moir.com.co\/web\/en-lugar-de-verdadera-atencion-educativa-a-la-poblacion-con-discapacidad-el-gobierno-santos-en-el-1421-viola-los-acuerdos-con-el-magisterio\/","title":{"rendered":"En lugar de verdadera atenci\u00f3n educativa a la poblaci\u00f3n con discapacidad el Gobierno Santos en el 1421 viola los acuerdos con el magisterio"},"content":{"rendered":"<p><strong>Tribuna Magisterial Nacional, Bogot\u00e1, septiembre 11 de 2017<\/strong><\/p>\n<p>La decisi\u00f3n unilateral y arbitraria del Gobierno Nacional de colgarle un orangut\u00e1n al Decreto 1421 de 29 de agosto del presente a\u00f1o, sobre atenci\u00f3n educativa a la poblaci\u00f3n con discapacidad, con el cual reafirma el tipo de empleo de docente ll\u00edder de apoyo y no contempla el cargo de orientador viola flagrantemente el acuerdo celebrado con FECODE el pasado 16 de junio, el cual establece en el punto siete que: \u201cse suprimir\u00e1 la figura de docente l\u00edder de apoyo y se establecer\u00e1 que aquellos docentes que hayan sido nombrados en este cargo ser\u00e1n reubicados como docentes de aula\u201d y m\u00e1s abajo ratifica que \u201cen virtud de la eliminaci\u00f3n de la figura de docente l\u00edder de apoyo, se ajustar\u00e1 el decreto 1075 con el objetivo de armonizar las normas correspondientes\u201d y \u201cen el Decreto tambi\u00e9n se definir\u00e1 conjuntamente la figura de docente de aula y de docente orientador\u201d.<\/p>\n<p>En el 1421 se encuentra que la atenci\u00f3n educativa determinada por el Gobierno Nacional para la poblaci\u00f3n con discapacidad presenta m\u00faltiples barreras y dificultades, empezando por la insuficiente financiaci\u00f3n con el Sistema General de Participaciones de un 20% adicional a la tipolog\u00eda definida por estudiante -que de entrada tambi\u00e9n es insuficiente- y con los escasos recursos de los municipios y departamentos, con la cual se pretende hacerle creer al pa\u00eds que se cubrir\u00e1 la inversi\u00f3n en docentes, contrataci\u00f3n de apoyos y herramientas t\u00e9cnicas, tecnol\u00f3gicas y did\u00e1cticas, dejando, por si fuera poco, por fuera las imprescindibles adecuaciones de la infraestructura. Adem\u00e1s, no se establece una relaci\u00f3n t\u00e9cnica adecuada en el n\u00famero de estudiantes en el aula de clase, que es ya excesiva. En consecuencia, el Estado central no garantiza la atenci\u00f3n a los ni\u00f1os con discapacidad, haciendo que recaiga la responsabilidad en los municipios y departamentos y sobretodo en las instituciones educativas, es decir, en los maestros, en la misma l\u00ednea que sucede con la desfinanciada Jornada \u00danica.<\/p>\n<p>Las l\u00edneas de inversi\u00f3n que establece el decreto son empleos temporales viabilizados anualmente por el MEN, contrataci\u00f3n de apoyos priorizando int\u00e9rpretes y herramientas t\u00e9cnicas, tecnol\u00f3gicas y did\u00e1cticas, de tal manera que con maestros temporales -a los cuales se les niega de plano la estabilidad laboral, se les nombra al principio de a\u00f1o y se les despide con la terminaci\u00f3n del a\u00f1o escolar y se les impide ser nombrados en propiedad en el cargo que desempe\u00f1an y ser reubicados en otro tipo de empleo docente- y contrataci\u00f3n, es decir, privatizaci\u00f3n y tercerizaci\u00f3n, se hace demagogia de que se va a atender un programa permanente para los ni\u00f1os y j\u00f3venes con discapacidad. Agravada por la expl\u00edcita confesi\u00f3n gubernamental de que \u201cpara aquellos establecimientos educativos que no cuenten con el docente de apoyo pedag\u00f3gico, la secretar\u00eda de educaci\u00f3n deber\u00e1 brindar asesor\u00eda\u201d.<\/p>\n<p>Por ninguna parte del decreto en menci\u00f3n se habla de la autonom\u00eda escolar para la la educaci\u00f3n preescolar, b\u00e1sica y media establecida por la Ley General de Educaci\u00f3n, por el contrario hay toda clase de imposiciones que violan los derechos democr\u00e1ticos de la comunidad, expresada en el Gobierno escolar y se coarta el debate acad\u00e9mico. Pero en cambio asigna a las instituciones educativas la responsabilidad de adelantar procesos de formaci\u00f3n docente. Inconcebible que el Gobierno se despoje de sus obligaciones para endos\u00e1rselas a los empobrecidos colegios p\u00fablicos. Tampoco se crea una planta de personal cient\u00edfico sino que se limita a se\u00f1alar que se articula con las secretar\u00edas de salud y con los sectores de salud, deporte, recreaci\u00f3n, y tecnolog\u00edas, lo cual no es m\u00e1s que dejar desprotegida la atenci\u00f3n en esos terrenos.<\/p>\n<p>Se ofrece a los estudiantes con discapacidad que viven lejos de la instituci\u00f3n educativa transporte y almuerzo, si es el caso. Y con ese, \u201csi es el caso\u201d, se deja la puerta abierta para que se les nieguen alimentaci\u00f3n y transporte, como sucede con la mayor\u00eda de los estudiantes.<\/p>\n<p>Frente a las situaciones particulares de cada estudiante se debe hacer un acta de acuerdo firmada por el directivo docente, los docentes de aula, de apoyo pedag\u00f3gico y el acudiente. Pero como se ve, mientras se le exige a los docentes y padres de familia el Gobierno no asume sus obligaciones.<\/p>\n<p>Exigimos que el Gobierno Santos cumpla sus obligaciones con la educaci\u00f3n de la poblaci\u00f3n con discapacidad financi\u00e1ndola adecuadamente, sin desconocer la autonom\u00eda escolar, que es base del avance educativo y sin violar los acuerdos con el magisterio colombiano. Y llamamos al magisterio a defender los acuerdos alcanzados por medio de la lucha y la unidad.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Tribuna Magisterial Nacional, Bogot\u00e1, septiembre 11 de 2017 La decisi\u00f3n unilateral y arbitraria del Gobierno Nacional de colgarle un orangut\u00e1n al Decreto 1421 de 29 de agosto del presente a\u00f1o, sobre atenci\u00f3n educativa a la poblaci\u00f3n con discapacidad, con el cual reafirma el tipo de empleo de docente ll\u00edder de apoyo y no contempla el [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":12758,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[102,103,97,98,11],"tags":[],"class_list":["post-13278","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-economia","category-educacion","category-imperialismo-y-neoliberalismo","category-politica","category-tribuna-magisterial"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/moir.com.co\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/13278","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/moir.com.co\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/moir.com.co\/web\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/moir.com.co\/web\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/moir.com.co\/web\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=13278"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/moir.com.co\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/13278\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":13279,"href":"https:\/\/moir.com.co\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/13278\/revisions\/13279"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/moir.com.co\/web\/wp-json\/wp\/v2\/media\/12758"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/moir.com.co\/web\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=13278"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/moir.com.co\/web\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=13278"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/moir.com.co\/web\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=13278"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}