Luego de adoptar una actitud complaciente con los nefastos decretos reglamentarios expedidos por el gobierno a lo largo del año 2002 y de continuar en su defensa de la ley 797 de 2003 que reformó de manera aun más regresiva el régimen general de pensiones contemplado en la ley 100 de 1993, la alianza socialdemócrata que dirige a FECODE saluda ahora alborozada lo que contiene el recién emitido Plan de Desarrollo en detrimento de los intereses del país y del magisterio nacional.

Durante los trámites para la aprobación del plan gubernamental, los miembros de esa alianza expresaron por todos los medios a su alcance, y en especial por el programa de televisión de FECODE, diversos argumentos ensalzando su contenido. Y ahora, ya aprobado, han intensificado sus afirmaciones laudatorias, al tenor de las consignadas en sendas cartas enviadas por los senadores Dussán y Avellaneda a Jorge Guevara, hasta terminar por sintetizarlas en un comunicado pago de FECODE en el diario El Tiempo del día 11 de mayo. Frente a ellas, se imponen las siguientes consideraciones para aclarar que el magisterio está ante un nuevo y engañoso intento de presentarle como pasos victoriosos lo que no son sino palmarios retrocesos.

En el comunicado de FECODE del 11 de mayo se afirma, a manera de balance que: “Como resultado de las gestiones realizadas y principalmente a partir de la reunión del día 28 de abril con la participación de los Ministros de Educación y de Seguridad Social, los Senadores Dusán y Avellaneda y la comisión negociadora de Fecode, se llegó a un acuerdo sobre el régimen prestacional que se consignó en el artículo 94 del Plan Nacional del Desarrollo que implica:

Preservar el régimen prestacional de los educadores actualmente vinculados(…)
Se preserva el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio, para todos los docentes antiguos o nuevos, en los términos de la ley 91 de 1989.

Los aportes laborales y patronales se incrementan para todos en los términos de las leyes 100 de 1993 y 797 de 2003, lo cual redundará en el fortalecimiento financiero del Fondo.

Los nuevos docentes, es decir, quienes se vinculen a partir de esta ley se rigen en salud por lo dispuesto en la ley 91 de 1989 y tendrán los derechos pensionales del régimen de prima media dispuesto en las leyes 100 de 1993 y 797 de 2002, excepto en la edad para pensión que será de 57 años para hombre y mujeres. El Plan Nacional de Desarrollo establece que estos docentes tendrán mejores salarios.”

En cuanto al primer punto, no es cierto que preserven el régimen de todos “los educadores actualmente vinculados”, pues los miles de maestros OPS que vienen ejerciendo su profesión desde antes de noviembre del 2000, para los efectos de esta ley, son considerados nuevos y por tanto, no quedan en el régimen de ley 91 sino en el de las leyes 100/93 y la 797/03. Además, desde el 26 de febrero la Ministra de educación notificó a la comisión negociadora de FECODE que no se nombraría a los maestros de OPS cobijados por el Acto legislativo 01, hasta tanto no se aboliera para ellos el régimen de la ley 91 de 1989, lo que efectivamente acaba de suceder en la ley del Plan que contó con la anuencia de la mayoría de FECODE.

En cuanto al segundo punto, sobre la preservación del Fondo Nacional de Prestaciones, tampoco es cierto. De hecho, en la ley del Plan se introduce una modificación sustancial a su estructura que ahora deliberadamente se pretende ocultar. En el párrafo 6° del artículo 94° que ahora defienden con tanto ahínco se establece que : “… En todo caso el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio se administrará en subcuentas independientes, correspondientes a los recursos de Pensiones, Cesantías y Salud”, dejando con ello sentadas las bases para establecer el desvertebramiento del Fondo de Prestaciones, así como ya lo hicieron con el ISS.

En cuanto al tercer punto, resaltan que el incremento de los aportes redundará en el fortalecimiento financiero del Fondo y que este se hizo en cumplimiento de las conclusiones del Congreso FECODE en Santa Marta. Al respecto son necesarias las siguientes precisiones:

El Congreso de Santa Marta aprobó el incremento de los aportes como criterio de negociación sobre la base de salvaguardar el régimen especial para todos los maestros sin excepción alguna y el mantenimiento del Fondo de prestaciones en su actual estructura. El acuerdo hecho en torno al artículo 94 de la ley del Plan rompe tajantemente con este mandato.

El incremento de los aportes pasará del actual 5% al 7.375% en el 2003 y se incrementará progresivamente hasta un 7.875% a partir del año 2006, más el 1% adicional para el Fondo de Solidaridad Pensional, para los maestros que estén por encima del grado 12°. Todo esto implica, en la misma proporción, una disminución real de los salarios que se agrava con la congelación propuesta en el referendo uribista.

La vigencia del régimen especial no queda salvaguardada como engañosamente lo han pregonado, pues aun continúan vigentes el artículo 16 de la ley 797 que a pesar de todo lo dicho no fue derogado por la ley del Plan, el acuerdo stand-by con el FMI del 16 de enero de 2003 y el artículo 8° del referendo que pone fin a los regímenes especiales a partir del 31 de diciembre de 2007.
La pérdida del régimen especial en materia de aportes significa que la cuota de salud para los pensionados del Fondo, pasa del actual 5% al 12%, igual a como ocurre en la Caja Nacional de Previsión en relación con la pensión gracia.

En cuanto al cuarto punto, esa disposición hace resurgir el viejo debate sobre los derechos de los educadores nuevos y si ellos están o no representados por FECODE. En uno u otro caso, los educadores nuevos deberían ser defendidos consecuentemente por FECODE y no ser convertidos en trofeos que históricamente se obsequian para justificar las políticas de conciliación y entrega con el régimen de turno. Alrededor de este consecuente criterio se generó una aguda contradicción cuando se discutía la aprobación de la ley 91 de 1989 que creó el Fondo Nacional de Prestaciones. En aquel entonces, la misma dirección política que hoy hace de las suyas en FECODE entregó la retroactividad de las cesantías y la pensión gracia para todos los maestros que se vincularan a partir de 1° de enero de 1990, en el primer caso, y para los que ya venían vinculados después del 1° de enero de 1981, en el segundo caso. Ahora rematan sus repudiables designios con la entrega del régimen especial en materia de pensiones para los nuevos maestros.

Como si lo anterior no bastara, la alianza socialdemócrata que dirige FECODE se regala aún más cuando termina proponiéndole al gobierno que las mujeres se pensionen a los 57 años a partir de la vigencia de la ley del Plan, cuando la ley 797 de 2003(reforma pensional) mantiene para ellas la edad de 55 años hasta el 31 de diciembre de 2013, es decir, le incrementan en dos años la edad a las mujeres, once años antes de que ésta entre en vigencia.

Y sobre la afirmación de que el Plan de Desarrollo establece para los docentes nuevos “mejores salarios”, permítasenos, bromas aparte, por lo menos expresar nuestras dudas, pues lo que realmente dice el artículo, es que se garantizará “La equivalencia entre el estatuto de profesionalización docente establecido en el decreto 1278 de 2002, los beneficios prestacionales vigentes a la expedición de la presente ley y la remuneración de los docente actuales…”. De hecho, esta formulación es un franco retroceso en relación con los criterios establecidos en el artículo 111 de la regresiva y nefasta ley 715, donde se estipuló que los educadores nuevos tendrían un mejor salario de ingreso.

Y una última cuestión, que sospechosamente no se menciona en el comunicado de Fecode pero a la que sí se hace alusión en las cartas de los dos senadores, es la relacionada con el último párrafo del mencionado artículo del Plan y que tiene que ver con el asunto crucial del origen de los recursos con los cuales el gobierno va a cubrir los incrementos de la cuota patronal.

En burda maniobra, aceptada por los negociadores de FECODE, el gobierno resuelve cubrir la deuda originada en la revisión del corte de cuentas de 1990 con el incremento de la cuota patronal ordenada en la ley del Plan, sin que una cosa tenga que ver con la otra.

Además, los recursos para estos incrementos de la cuota patronal que va del 8% al 18.125%, van a ser cubiertos con recursos del Sistema General de Participaciones. Las cuentas del SGPT fueron estrictas en el año 2001, cuando se aprobó el Acto Legislativo 01. Estos recursos han resultado insuficientes para cubrir los costos de funcionamiento, aún con el aditamento de la congelación salarial y la parálisis absoluta del escalafón docente. Los 10.125% que tiene que incrementar el gobierno por concepto del aumento en la cuota patronal tienen un valor cercano a los 400 mil millones de pesos. De la única manera que esta enorme suma puede ser sustraída del SGPT, es suprimiendo una gran cantidad de plazas docentes, con lo cual este artículo se convierte en un nuevo acicate para la reestructuración de las plantas de personal que está en curso con los decretos 1850 y 3020, y con el régimen discrecional de traslados, para continuar presionando la salida de los pensionados activos sin que sus reemplazos sean nombrados y para negar la vinculación de los nuevos maestros de OPS.

Por todo lo anterior, el artículo 94 de la ley del Plan no puede ser presentado como una victoria del magisterio, sino como un nuevo avance del gobierno en su pretensión secular de arrasar los derechos laborales y prestacionales de los educadores colombianos. En consecuencia, manifestamos una vez más nuestra oposición a la nefasta táctica de la concertación que se ha entronizado en FECODE y cuyos resultados están a la vista. Seguiremos insistiendo en que la defensa consecuente de los intereses del Magisterio y de la educación pública pasa por convocar y lograr realmente verdaderos niveles de movilización y resistencia. Continuaremos denunciando las astucias a las que recurren quienes hoy dirigen mayoritariamente a FECODE, con la pretensión de engañar al magisterio, a la vez que defienden y avalan toda la política del régimen uribista, fiel expresión en la actualidad de las imposiciones del neoliberalismo y del imperialismo norteamericano en contra de la Nación y el pueblo.
Bogotá, mayo 13 de 2003

MIEMBROS DEL COMITÉ EJECUTIVO DE FECODE
RAÚL ARROYAVE A.
MEDARDO HERNÁNDEZ B.
ELÍAS FONSECA C.

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