La Corte Constitucional se declaró inhibida para pronunciarse sobre el derecho al matrimonio de las parejas del mismo sexo, en una decisión que mantuvo en ascuas durante cerca de tres semanas a un gran número de activistas por los derechos de las personas LGBT y que merece muchos análisis, entre los cuales quiero resaltar los siguientes:

En Colombia la Corte Constitucional ya reconoció las uniones de pareja del mismo sexo y les ha reconocido los mismos derechos que tienen las parejas que podríamos llamar heterosexuales a excepción del matrimonio y la adopción, por lo que el debate jurídico sobre el derecho al matrimonio se ha centrado en el desarrollo del derecho fundamental a la igualdad formal ante la ley, en tanto la diferencia que ha validado la Corte Constitucional entre las parejas del mismo sexo y las de diferente sexo es la naturaleza jurídica del contrato por el cual acceden a los derechos sociales y patrimoniales que les otorga su unión, que son los mismos para ambos tipos de pareja. Así, en razón del sexo de las personas, la Corte perpetúa un limitante inaceptable y que merece el rechazo de toda la ciudadanía.

La exposición de argumentos de talante religioso durante el debate revela la necesidad de generar una movilización nacional en defensa del carácter laico de nuestra nación. El Estado colombiano ha sido incapaz de garantizar a su ciudadanía el ejercicio de la función pública sin sesgo religioso y, por el contrario, servidores de las diferentes ramas del poder público emiten declaraciones profundamente fundamentalistas y hacen apología de la discriminación por identidad de género y orientación sexual. La principal prueba de ello son las declaraciones del Procurador General de la Nación, Alejandro Ordóñez, y las del Magistrado de la Corte Constitucional, Nilson Pinilla, sin que medie sobre ellos ninguna investigación disciplinaria.

Merece también todo nuestro rechazo el concepto negativo del Ministerio del Interior y de la Justicia, no solo porque demuestra su incapacidad de garantizar los derechos de las personas LGBTI sino también porque muestra el carácter sofista y manipulador del actual y del anterior gobierno nacional, que convocaron a organizaciones LGBT, pese al rechazo de muchas de ellas, a una reunión para construir las bases de una política pública nacional para las personas LGBT. Su concepto demuestra que los temores de quienes nos opusimos en su momento a la realización de este encuentro no eran infundados y sirven para develar la naturaleza mentirosa de sus intentos por acercarse a los movimientos sociales y populares del país.

Este fallo confirma los temores por la conservatización de la Corte Constitucional que con él renuncia a su tradición progresista y constituye un llamado al Movimiento LGBTI para continuar sus procesos de evaluación de la agenda de movilización, y de buscar los canales de articulación para que iniciativas como esta demanda, que nos mantuvo en vilo las últimas semanas, cuenten con respaldo popular.

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