José Arlex Arias, Cartagena, febrero 19 de 2018

El 7 de diciembre del año pasado la Corte Suprema de Justicia le puso un nuevo bozal a la libertad de expresión y a la actividad periodística al exigirle a la revista Semana que le revele las fuentes de información que sustentan el artículo “Los Pecados de Eike”, ante la tutela de una persona que alega haber sido afectada. Asegura la Corte que “la actividad periodística, si bien ostenta el rango constitucional, no es absoluta, por cuanto tal profesión no implica arrasar con derechos individuales”, lo cual es totalmente razonable. Por eso el periodismo lo deben ejercer personas de excelsas cualidades, que tengan claro ese minúsculo hilo entre lo que se puede o no publicar.

 

Diferentes organizaciones gremiales se han pronunciado, ya que la reserva de las fuentes es la principal arma periodística para destapar actos como la corrupción. Gracias a ella han caído poderosos presidentes, como en el escándalo Watergate, en Estados Unidos en la década de 1970, a raíz de un robo de documentos en las oficinas Watergate, sede del Partido Demócrata, y el encubrimiento del presidente Richard Nixon. El escándalo destapó los abusos de poder por parte de su gobierno, ​lo cual le costó la renuncia en 1974. El escándalo concluyó con 48 personas encontradas culpables y encarceladas; muchas de ellas, altos funcionarios del gobierno de Nixon. ​La cobertura investigativa de los medios –The Washington Post, Time y The New York Times– y de los reporteros Bob Woodward y Carl Bernstein, descubrió que los intentos de encubrirlo implicaban profundamente a los niveles superiores del Departamento de Justicia, el FBI, la CIA y la Casa Blanca. La principal fuente anónima del Post era un individuo al que habían apodado “Garganta Profunda“. Sin la reserva de esta fuente hubiera sido imposible descubrir la intricada corrupción.

 

La reserva de la fuente es tan importante para el periodismo que la Procuraduría pidió a la Corte la revisión de la decisión para “proteger la libertad de prensa, la reserva de la fuente y el secreto profesional… (La cual) está resguardada por el artículo 74 de la Constitución Política en el que señala que todas las personas tienen derecho a acceder a los documentos públicos salvo los casos que establezca la ley”. Por su parte, la Corte Constitucional indicó que es “un derecho constitucional tanto para la fuente como para el propio medio, derivado a su vez del secreto profesional que constitucionalmente se protege en el ejercicio de ciertas actividades”. Finalmente, Álvaro José García, nuevo vicepresidente de la Corte Suprema de Justicia, comentó: “Esa sentencia puede tomarse como uno de los errores de la actividad judicial, como un error de hombre, y yo espero que en la segunda instancia eso se solucione”.

 

El problema es que la sentencia sigue vigente como espada de Damocles contra los periodistas. Son muchas las mordazas que tienen los periodistas colombianos, como los atentados contra la vida y la inseguridad; pero la autocensura es quizás la peor de todas, puesto que el presupuesto publicitario del Estado es utilizado en forma selectiva para cooptar al periodismo, y: si a los que hacen periodismo investigativo los obligan a revelar las fuentes, entonces ¡que viva la corrupción!

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